Renuncia a convocatoria
El alumnado podrá renunciar a la convocatoria (Eval. Final Primera) o matrícula de todos o de algunos módulos profesionales cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico,
- incorporación a un puesto de trabajo,
- obligaciones de tipo familiar o personal que impidan la normal dedicación al estudio.
La renuncia a la convocatoria de Evaluación Final Segunda no requerirá justificación alguna.
Se deberá presentar en la Secretaría del Instituto la solicitud que se encuentra en la parte inferior, junto con la documentación acreditativa de las circunstancias alegadas. La Dirección del Instituto podrá estimar o no la renuncia solicitada.
Plazos para realizar la solicitud de renuncia a convocatoria de estudios
Alumnos de 1º
Primera convocatoria: Finalizará el 29 de abril a las 14:00 horas
Segunda convocatoria: Se tramitará con antelación a la prueba de evaluación final de cada móculo, de acuerdo al artículo 5 de la Orden EDU/66/2010, de 16 de agosto, modificado por la Orden ECD/88/2018, de 17 de julio.
Alumnos de 2º
Segunda convocatoria: Finalizará el 15 de mayo a las 14:00 horas
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