Centro Integrado de FP Número Uno de Santander

  • Full Screen
  • Wide Screen
  • Narrow Screen
  • Increase font size
  • Default font size
  • Decrease font size

Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje

E-mail Imprimir PDF

Objetivos de la encuesta de evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje

  • Coordinar, planificar y organizar las actividades de formación del profesorado por parte de los jefes de estudios de acuerdo con el programa anual de formación del profesorado que puedan ser detectadas desde la perspectiva del alumnado.
  • Detectar necesidades de materiales de prácticas en módulos específicos que es percibida por el alumnado. 
  • Detectar anomalías en el proceso de evaluación del alumnado. 
  • Percepción por parte del alumnado del seguimiento del plan de calidad 5S e ISO en familia Marítimo Pesque
  • Promover la participación del alumnado en la realización de encuestas de autoevalución, evaluación de la práctica docente y del proceso de enseñanza aprendizaje.
  • Cumplir con lo dispuesto en el Decreto 20/2013, de 25 de abril, que regula los centros integrados de Formación Profesional y establece su organización y funcionamiento en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se enumera a continuación:

 

Los Centros Integrados, independientemente de las auditorías externas que se practiquen, realizarán un proceso de autoevaluación que incluirá el nivel de cumplimiento de los objetivos previstos en cada uno de los planes y proyectos, las medidas de corrección que es necesario establecer y los procedimientos para desarrollarlas, así como todos aquellos aspectos que se deban considerar en el siguiente plan anual de actuación del centro.

 

El equipo directivo tendrá las siguientes funciones:

b) Definir e impulsar procedimientos de evaluación y mejora continua de las distintas actividades y proyectos del centro y colaborar en las evaluaciones externas de su funcionamiento.

 

El Claustro de profesores, además de las establecidas en el artículo 14.5 del Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, tendrá las siguientes competencias:

f) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

o) Participar en los planes de Calidad del Centro. 

 

La Comisión Técnica de Coordinación tendrá las siguientes competencias:

d) Proponer a la dirección del Centro Integrado las directrices para evaluar la evolución del rendimiento del alumnado, del proceso de enseñanza-aprendizaje y del seguimiento de las programaciones.

 

Funciones de los Jefes de Departamento

g) Promover la evaluación de la práctica docente en aquellos que tengan competencias didácticas asignadas a su departamento, y de los distintos proyectos, planes, programas, y realizar propuestas de mejora.

h) Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del centro, promuevan los órganos colegiados de gobierno, la dirección del centro o la Consejería a la que esté adscrito e impulsar actuaciones de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

 

Además de las funciones anteriores, los jefes de departamento de familia profesional y el de Formación y Orientación Laboral tendrán las siguientes funciones:

e) Promover la evaluación de la práctica docente, de las competencias asignadas a su departamento y realizar propuestas de mejora.

You are here: